Las pasantías educativas son contratos de los denominados “de formación profesional” que se enmarcan en lo que establece la Ley Nacional Nº 26.427. Para acceder al Sistema de Pasantías las entidades e instituciones deben firmar un convenio con la Universidad, tras lo cual la UNL se ocupa de organizar la convocatoria a aspirantes e intervenir en la preselección, correspondiendo a las organizaciones la selección definitiva.

La vinculación entre la organización, institución o empresa y los pasantes no genera una relación laboral entre las partes y la actividad de los mismos puede extenderse -como máximo- por 1 año, en cuyo lapso la Universidad y la organización que recepciona al pasante llevan a cabo acciones de monitoreo en forma conjunta.

Con cada pasante debe suscribirse un acuerdo individual donde se estipula un plan de trabajo, tareas y horarios a cumplir (no pudiendo exceder las 20 horas semanales), que determina el proceso formativo del estudiante. Como contraprestación, la entidad beneficiaria otorga a los pasantes cobertura de salud y seguro contra riesgos del trabajo (ART) en iguales condiciones que los trabajadores permanentes, y además una asignación estimulo de carácter no remunerativo.