El Departamento de Personal de la FHUC informa lo dispuesto en paritaria particular de fecha 29/10/19, a fin de establecer criterios para el usufructo de la licencia anual por parte de los docentes.

El texto señala que “(…) se acuerda que los docentes que cuenten, de acuerdo al CCT, con 45 días de licencia anual ordinaria 2019 para gozar en el año 2020, la podrán usufructuar desde el día 02 de enero de 2020 y hasta el 02 de febrero de 2020 no pudiendo ser menor.

Los días restantes, el docente podrá optar ente las siguientes opciones:

a) A partir del 03 de febrero de 2020 y hasta agotar la misma.

b) En un único segundo período de acuerdo a su planificación anual sin que afecte el normal desenvolvimiento de la actividad académica (art. 45) tal beneficio se extenderá hasta el mes de diciembre 2020, no pudiendo acumular periodos de licencia anual ordinaria”.

A partir de esto, los docentes deberán acercarse al Departamento de Personal de FHUC, a fin de cumplimentar el formulario correspondiente, de lunes a viernes de 8 a 18.