REGLAMENTO ACADÉMICO DE LA OLIMPÍADA DE GEOGRAFÍA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

TÍTULO I: Finalidad y objetivos

Art. 1°. La OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina constituye un evento educativo para promover los procesos de enseñanza y de aprendizaje de la Geografía con el propósito de contribuir a la equidad y a la calidad educativa.

Art. 2°. La OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina tiene como objetivos fundamentales: a) brindar espacios y medios para una formación en la ciencia geográfica; b) proponer el aprendizaje de las herramientas de trabajo geográfico; c) identificar, difundir e intercambiar experiencias en la enseñanza de la geografía; d) contribuir a la implementación de innovaciones curriculares en el ámbito de la educación geográfica; e) promover prácticas de investigación escolar; f) mejorar la calidad de la enseñanza y del aprendizaje de contenidos relevantes de la disciplina geográfica; g) ejercitar la construcción de nuevos significados geográficos; h) profundizar los conocimientos cartográficos; i) concientizar sobre la ventaja de utilizar la Cartografía para expresar realidades y procesos relacionales.

TÍTULO II: De los alcances y destinatarios

Art. 3°.  La OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina, que se desarrolla desde el año 2005, incluye las instancias: Colegial, Jurisdiccional y Nacional.

Art. 4°. Los destinatarios de la OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina son los estudiantes regulares de los establecimientos educativos del Nivel Secundario de la Educación.

TÍTULO III: De la Sede

Art. 5°. La OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina tiene su sede en la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Universidad Nacional del Litoral (UNL) sita en Ciudad Universitaria, Código Postal 3000 de la Ciudad de Santa Fe.

Art. 6°. La Facultad de Humanidades y Ciencias de la Universidad Nacional del Litoral coordina sus actividades con los Ministerios, Secretarías y Consejos de Educación de las distintas Jurisdicciones.

TÍTULO IV: De las autoridades

Art. 7°. Son autoridades de la OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina el Consejo Directivo (CD) conformado por al menos siete miembros designados por las autoridades competentes de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Universidad Nacional del Litoral.

Art. 8°. El Consejo Directivo será coordinado por la representación pedagógica de la OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina ante el Ministerio de Educación de la Nación la que, en caso de empate, tendrá doble voto.

Art. 9°. Todas las decisiones que no requieran una mayoría especial se aprobarán por simple mayoría.

Art. 10°. Son atribuciones del Consejo Directivo: a) cumplir con los objetivos formulados en el Proyecto Educativo de la Olimpíada de Geografía; b) organizar su implementación en cada Instancia (Colegial, Jurisdiccional, Nacional) y de Capacitación Docente en sus aspectos pedagógico-didácticos y administrativo-contables; c) elaborar y determinar los criterios y modalidades de evaluación para cada Instancia; d) designar los miembros del Jurado de la Olimpíada; e) declarar los ganadores en cada Instancia; f) invitar a los representantes de los Ministerios, Secretarías y Consejos de Educación de las distintas Jurisdicciones para coordinar las actividades con los establecimientos educativos de su dependencia; g) elaborar y supervisar las publicaciones de materiales pedagógico–didácticos para los estudiantes y docentes; h) dar a conocer los resultados de las evaluaciones; i) nombrar las comisiones necesarias para llevar adelante sus funciones y decidir sobre situaciones no previstas en este Reglamento.

Art. 11°. Son atribuciones del Consejo Directivo de Olimpíadas: a) determinar el lugar, la fecha y la duración de las distintas Instancias; b) fiscalizar el Subprograma de Capacitación Docente; c) supervisar la evaluación de los estudiantes en todas las Instancias y realizar cualquier acción que disponga el Consejo Directivo de la Olimpíada.

Art. 12°. Las resoluciones del Consejo Directivo son irrecurribles.

TÍTULO V: De los requisitos para la participación

Art. 13°. Los participantes deben acreditar su regularidad e inscripción para la/s Categoría/s en la que se inscriben a través de los establecimientos educativos correspondientes.

Art. 14°. La inscripción y participación en la OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina será para todos los estudiantes y docentes en cada una de las Instancias

Art. 15°. Los estudiantes participantes del Nivel Secundario pueden intervenir en las siguientes Categorías:

Categoría A: Ciclo Básico, participación individual.

Categoría B: Ciclo Orientado, participación individual.

La inscripción de los estudiantes para las categorías A y B por establecimiento educativo no cuenta con un mínimo y un máximo de inscriptos, estando a criterio de los directivos y docentes.

Art. 16°. La OLIMPÍADA de GEOGRAFIA de la República Argentina incluye cuatro grandes ejes de  contenidos de: a) Geografía física, b) Geografía social y económica, c) Geografía política y cultural y d) Cartografía. Abarca una selección de contenidos según los espacios geográficos Mundial, América Latina y Argentina con la pertenencia inherente del Nivel Secundario teniendo en cuenta una jerarquía y nivel de complejidad creciente.

TÍTULO VI: De las evaluaciones para las Categorías A y B.

Art. 17°. La evaluación en las Instancias COLEGIAL, JURISDICCIONAL y NACIONAL será individual y escrita, con modalidad presencial y virtual.

Art. 18°. Las evaluaciones de las diferentes instancias, responderán a las siguientes normas: no se admitirá consultar libros, apuntes y/o notas u otros elementos no contemplados en el Instructivo de cada Instancia. Sólo podrán utilizarse los elementos requeridos para la resolución de la evaluación. La interpretación de las consignas estará a cargo sólo de los estudiantes participantes. No se responderá a ninguna pregunta realizada por el mismo.

Art. 19°. En la Instancia COLEGIAL participan todos los estudiantes interesados de los diferentes establecimientos educativos del país que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4° y se organiza bajo la responsabilidad de cada establecimiento educativo participante. Estará a cargo de un Comité Escolar presidido por la Dirección del establecimiento escolar o por quien ésta designe. La evaluación consistirá en una serie de actividades de resolución domiciliaria de diverso nivel de complejidad según la Categoría implicada.

En esta instancia, la corrección estará a cargo del Consejo Escolar de cada institución, siendo comunicados los resultados al Comité de Olimpiadas en un plazo no mayor a las 48 horas de la toma de examen, vía correo electrónico y posterior envío por correo postal de las evaluaciones aplicadas. Las evaluaciones no tendrán puntaje, solamente se califica como “aprobada” y “no aprobada”.

Art. 20°. En la Instancia JURISDICCIONAL participan los estudiantes que acrediten la aprobación del trabajo de la instancia Colegial. La evaluación se realizará de manera simultánea en cada establecimiento educativo con la modalidad virtual a través de un banco de preguntas que se habilitará desde el equipo de técnico-docente de Olimpíadas. Cada establecimiento educativo instrumentará los mecanismos necesarios para que los estudiantes puedan disponer de los dispositivos requeridos (computadoras y conexión a internet). Durante la evaluación deberán estar presentes los docentes responsables.

Una vez iniciada la evaluación la misma no podrá ser interrumpida por desconexión.

En los casos de empate el Consejo Directivo de la OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA recurrirá a las actividades de evaluación claves (indicadas con antelación) incluidas en el Protocolo de referencia las cuales serán de estricta reserva del Consejo en un todo de acuerdo con el Art. 10°.

Se extenderán certificaciones de reconocimiento a los estudiantes y a sus correspondientes docentes tutores ubicados en los primeros 5 (cinco) puestos del orden de calificaciones de cada jurisdicción.

Art. 21°. En la Instancia NACIONAL participan quienes obtengan la mayor calificación en cada una de las Categorías de cada una de las jurisdicciones. Es decir, un estudiante por categoría de cada jurisdicción.

La evaluación será presencial, individual y escrita. Se realizará durante uno o dos días. Estará a cargo del Consejo Directivo de la OLIMPÍADA de GEOGRAFÍA de la República Argentina y tendrá lugar en la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Las actividades de evaluación comprenderán diferentes niveles de complejidad según las categorías involucradas. Serán GANADORES los tres estudiantes que alcancen los puntajes mayores por cada categoría a quienes se les entregarán según orden decreciente de calificaciones: medallas de oro, de plata y de bronce. Es requisito excluyente para la obtención de las medallas la calificación mínima de 6 (seis). Se entregará además una certificación de reconocimiento a los estudiantes que obtengan una calificación superior a 7,5.

Art. 22°. El Programa Nacional de Olimpíadas y la Universidad Nacional del Litoral cubrirán las erogaciones   referidas al traslado (desde el lugar de origen del establecimiento educativo hasta la sede del evento que llegan a esta Instancia), hotelería y los almuerzo/cena de los estudiantes y de los docentes en la ciudad de Santa Fe.

Art. 23°. La fecha designada para cada Instancia es impostergable por lo que toda situación imprevista de comunicación o traslado que impida la presencia de cualquier participación la excluye automáticamente del evento.

Art. 24°. La inscripción de las participaciones supone la aceptación de este Reglamento lo que deberá ser admitido por el padre/madre, tutor o encargado del estudiante y refrendado por las autoridades del establecimiento educativo participante. Por otra parte, no habrá excepciones para los estudiantes que se inscriban en dos o más olimpíadas y cuya fecha se les superponga. En ese caso deberán optar por una.

 

TÍULO VII. Código de Convivencia.

Todos los participantes (estudiantes, docentes orientadores, directivos y padres y/o tutores) deben firmar el Acta Acuerdo y obedecer las pautas de conducta que se detallan a continuación.

Los participantes deben:

– Comportarse con los demás de una manera justa, educada y amable.

– Demostrar honestidad e integridad durante la competición.

– Respetar las decisiones del:

  1. a) Organizador local con respecto a otras partes del programa, en especial el comportamiento en los alojamientos asignados.
  2. b) Organizador local en cuanto al puntaje y elaboración del orden de mérito.

– Participar plenamente en el programa organizado, dando prioridad a la revisión de contenidos conceptuales.

– Demostrar el cuidado adecuado de la propiedad de los demás y los medios puestos a su disposición. Todo material prestado para la realización de las tareas deberá ser devuelto al Programa Geografía.

– Respetar las reglas de cada una de las instituciones en las que se desarrollaran las diferentes instancias.

– Cumplir con todas las normas establecidas en los hoteles y comedores.

 

Los participantes premiados:

– En el término de siete (7) días, deben entregar las premiaciones obtenidas a los directivos de las instituciones a las que pertenecen, quienes deben disponer de un lugar adecuado para su exposición, visibilidad y guarda segura. De esta manera, las distinciones pasarán a integrar el patrimonio institucional en cada caso.

– Podrán integrar el Comité de ex Olímpicos-Geo.

– Sólo podrán participar 2 (dos) veces en el Programa ArGeo.

El CONSEJO DIRECTIVO intervendrá y dictaminará en casos de no observancia de estas disposiciones y está facultado para disponer de otras medidas según circunstancias no contempladas en el presente reglamento.